Nacimos para cambiar cómo se entiende y se trata el dolor
En 2009, un grupo de fisioterapeutas decidió que los avances en neurociencia del dolor tenían que llegar a la práctica clínica. Desde entonces, SEFID ha crecido hasta convertirse en la sociedad científica de referencia en fisioterapia y dolor en España.
Por qué existe SEFID
Acercar la mejor evidencia científica sobre el dolor a quienes la necesitan: los profesionales que trabajan con pacientes cada día. Lo hacemos a través de formación, congresos, publicaciones y espacios de intercambio profesional.
Ser referencia científica nacional e internacional en el ámbito del dolor, contribuyendo a que todas las personas accedan a una atención basada en la mejor evidencia disponible.
Los principios que guían todo lo que hacemos
Defendemos la práctica basada en evidencia y el pensamiento crítico. Sin atajos, sin dogmas.
Máxima calidad en formación, eventos y recursos. Porque los profesionales y los pacientes se lo merecen
Sin vinculación a otras organizaciones ni intereses corporativos. Nuestras decisiones las guía la evidencia, no la conveniencia.
Incorporamos nuevos conocimientos y enfoques que contribuyan a mejorar la comprensión y el abordaje del dolor.
Los grandes avances se consiguen juntos. Fomentamos el intercambio entre profesionales, disciplinas e instituciones.
Trabajamos para mejorar la atención a las personas con dolor y para contribuir a sistemas sanitarios más eficaces y humanizados.
El equipo que hace posible SEFID
Detrás de SEFID hay fisioterapeutas, investigadores y clínicos que compaginan su actividad profesional con el trabajo de hacer crecer esta comunidad. Personas que conocen de primera mano los retos del profesional del dolor.
Presidente
Vicepresidente
Tesorera
Secretaria
Vocal
Vocal
Vocal
Una comunidad construida por y para profesionales del dolor
SEFID es una sociedad científica que genera conocimiento, influencia y valor durante todo el año. Si te dedicas al abordaje del dolor y quieres crecer con rigor, este es tu lugar.
60€
/año
Acceso completo a la comunidad SEFID durante 12 meses.
El equipo que hace posible SEFID
La Sociedad Española de Fisioterapia y Dolor es una asociación científica sin ánimo de lucro constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. A continuación puedes consultar nuestros estatutos al completo.
ARTÍCULO 1. Denominación y ámbito territorial.
ARTÍCULO 2. Domicilio Social.
ARTÍCULO 3. Fines.
Los fines de la Sociedad Española de Fisioterapia y Dolor son:
ARTÍCULO 4. Actividades.
Entre otras relacionadas, las actividades previstas por la Asociación son:
ARTÍCULO 5. Órganos de Gobierno.
La asociación estará regida por la Asamblea General y la Junta Directiva.
ARTÍCULO 6. La Asamblea General.
ARTÍCULO 7. Competencias de la Asamblea General.
Es competencia de la Asamblea General:
La Asamblea puede delegar el ejercicio de las facultades que no le sean expresamente reservadas por las leyes.
ARTÍCULO 8. La Junta Directiva. Composición y nombramiento.
ARTÍCULO 9. Elección de la Junta Directiva.
ARTÍCULO 10. Régimen de sesiones de la Junta.
ARTÍCULO 11. Funciones de la Junta Directiva.
Sin perjuicio de las que le sean legalmente atribuidas, son funciones de la Junta:
ARTÍCULO 12. Funciones de los miembros de la Junta
ARTÍCULO 13. Delegaciones de funciones de los miembros de la Junta
ARTÍCULO 14. Ceses en la Junta
Los miembros de la Junta Directiva cesarán de sus cargos por los siguientes motivos:
Las vacantes que pudieran producirse en la Junta Directiva serán cubiertas provisionalmente por designación de la Junta Directiva hasta tanto la Asamblea General elija a los nuevos miembros o confirme en sus puestos a los designados.
ARTÍCULO 15. Miembros numerarios.
ARTÍCULO 16. Miembros fundadores.
Serán aquellos miembros que hayan participado en el acto constitucional de la Asociación. Automáticamente, pasarán a ser Miembros Numerarios de la Asociación.
ARTÍCULO 17. Miembros asociados.
Son Miembros Asociados todos aquellos profesionales de la salud que hayan solicitado su inscripción en la Asociación con posterioridad a su aprobación definitiva, acepten los presentes Estatutos, ejerzan una profesión relacionada con la sanidad y estén interesados en el estudio y tratamiento del dolor.
Estos miembros podrán emitir voz, pero no podrán emitir su voto sobre ningún asunto ni podrán optar a ejercer ningún otro cargo en la Asociación.
Para ser miembro asociado deberán ser presentados por un socio, a través de su propia firma.
Los miembros propuestos no serán elegidos como tales hasta que no sean admitidos por la Asamblea General.
ARTÍCULO 18. Miembros honorarios.
Hace referencia a aquellas personas que hayan destacado o destaquen en el ámbito de la Fisioterapia del dolor o ciencias afines, así como aquellas que contribuyan a los fines de la Asociación y acepten la distinción. Los Miembros Honorarios serán elegidos por la Asamblea General a propuesta de al menos 5 miembros numerarios.
ARTÍCULO 19. Miembros contribuyentes.
Personas u organismos que quieran apoyar los fines de la Sociedad. No pueden ser elegidos Miembros Numerarios de la misma y tendrán voz, pero no voto.
Los estudiantes perorado podrán inscribirse como miembros contribuyentes y tendrán una cuota reducida durante su primer año siempre y cuando estén cursando los estudios de grado en Fisioterapia u otros grados d ciencias de la salud. Para ser miembro estudiante se requiere presentar documentación acreditativa de los estudios de grado.
ARTÍCULO 20. Comité científico.
ARTÍCULO 21. Derechos y deberes de los socios.
ARTÍCULO 22. Pérdida de la condición de socio.
ARTÍCULO 23. Patrimonio y recursos económicos.
ARTÍCULO 24. Administración, contabilidad y documentación.
ARTÍCULO 25. Disolución.